ARGAT DE JUÁREZ Somos una empresa 100% juarense, especializada en ofrecer servicios de seguridad de alta calidad. Nos distingue nuestro compromiso con la excelencia y nuestra orientación hacia un servicio profesional, respaldado por más de 15 años de experiencia en la prestación de servicios en la localidad.
Garantizamos el pleno cumplimiento de las normas nacionales e internacionales, así como el respeto y protección de los derechos humanos en todas nuestras operaciones.
ARGAT DE JUAREZ - Como empresa especializada en seguridad, a través de nuestra política de delator, fomentamos entre nuestros colaboradores, la notificación de cualquier incumplimiento relacionado con la norma ISO-18788 o cualquier inconsistencia legal y reglamentaria. Dichos reportes podrán realizarse de manera anónima y serán dirigidos de forma externa a las autoridades competentes.
Nos comprometemos a proteger la identidad de quienes realicen un reporte, garantizando que reciban protección contra posibles represalias y, sobre todo, que se respete su confidencialidad. En los casos donde se denuncien de buena fe malas acciones o presuntas irregularidades que vulneren los Derechos Humanos.
Garantizar el respeto y la promoción de los derechos humanos en nuestra organización, asegurando su cumplimiento tanto para nuestros empleados y clientes, como hacia la comunidad, durante la prestación de los servicios que ofrecemos.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, mediante la Resolución 217 A (III), en París. Esta declaración, que consta de 30 artículos, establece los derechos fundamentales que deben ser reconocidos y protegidos para todas las personas, sin distinción alguna de nacionalidad, etnia, religión o cualquier otra condición.
Es un conjunto de normas diseñadas principalmente para proteger a las personas que no participan directamente en hostilidades, limitando las acciones permitidas durante un conflicto armado.
Son derechos subjetivos, inherentes del ser humano e irrenunciables, contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Es un acuerdo internacional adoptado en 2008, durante una reunión en Montreux, Suiza, entre gobiernos, empresas privadas de seguridad y organizaciones internacionales. Su objetivo principal es establecer directrices y principios para la actuación de las empresas de seguridad privada en zonas de conflicto armado, buscando garantizar el respeto de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
Es un conjunto de principios orientados a los proveedores privados de servicios militares y de seguridad, el cual se desarrolló a través de una iniciativa de múltiples partes interesadas convocada por el gobierno suizo. Este proceso cuenta con la participación activa de representantes de empresas de seguridad privada, Estados y organizaciones de la sociedad civil. El código refuerza y articula las obligaciones de los proveedores de seguridad privada, especialmente en lo que respecta al derecho internacional humanitario y a la protección de los derechos humanos.
Conjunto de principios dirigidos a los proveedores privados de servicios militares y de seguridad, elaborado a través de una iniciativa multilateral promovida por el gobierno suizo. Este proceso ha involucrado y continúa involucrando a representantes de empresas de seguridad privada, Estados y organizaciones de la sociedad civil. El código refuerza y clarifica las responsabilidades de los proveedores de seguridad privada, con un enfoque particular en el cumplimiento del derecho internacional humanitario y la protección de los derechos humanos.
Es la guía práctica para las compañías del sector petrolero minero y gas que operan en zonas de conflicto, para mantener la protección y seguridad de sus operaciones en condiciones que garanticen el respeto por los DDHH y las libertades fundamentales.
En Argat de Juarez estamos altamente comprometidos con el respeto y la promoción de los derechos humanos dentro de nuestras operaciones basándonos en la legislación Mexicana, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los principios relativos a los derechos fundamentales establecidos en la Declaración de la OIT, los Principios Voluntarios en Seguridad y Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario, los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de Naciones Unidas y el Código de Conducta Internacional para Proveedores de Seguridad Privada (ICOC).
En nuestra empresa, no toleramos ningún acto que infrinja los derechos humanos (DDHH) ni el derecho internacional humanitario (DIH) además, estamos comprometidos a actuar con la debida diligencia para identificar, prevenir, mitigar y responder a los impactos negativos que alguna de nuestras actividades puedan tener sobre los derechos humanos y nos aseguramos de implementar un procedimiento que nos permita reparar cualquier consecuencia adversa que hayamos provocado o contribuido a provocar en relación con los derechos humanos.
Sobre la ley Nacional del uso de la fuerza.
El uso de la fuerza queda estrictamente prohibido en cualquiera de sus modalidades dentro de las instalaciones o durante su desempeño laboral. Respetando así la Constitución Mexicana y tratados internaciones de los que se es parte, el personal debe emplear siempre métodos no violentos para resolver conflictos y controlar situaciones, buscando minimizar el daño y afectación a la vida e integridad de los involucrados, así como los bienes y afectación a los derechos de las personas.
Nuestro personal no podrá tomar o retener a ninguna persona bajo ninguna circunstancia.
No se participará en actos de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
La empresa, no se beneficia ni permitirá que su personal se vea involucrado en la explotación sexual (incluida la prostitución), el abuso, la violencia y delitos de genero dentro de la empresa o públicamente permaneciendo alerta ante la presencia de alguno de estos actos.
Se exigirá a nuestro personal no participar en la trata de seres humanos y se permanecerá alerta ante todos los supuestos de trata de personas. En el caso de que se tenga conocimiento de ello, se denunciará a las autoridades judiciales competentes.
ARGAT DE JUAREZ no utilizará la esclavitud, el trabajo forzoso u obligatorio ni será cómplice de cualquier otra entidad que haga uso de estas prácticas.
Se respetarán los derechos de los niños protegidos de las formas de trabajo infantil (incluidas en el ICoC) y se denunciará ante las autoridades judiciales cualquier hecho que vulnere esta protección, con conocimiento o sospecha razonable.
No se discriminará a las personas en la selección, contratación, remuneración, despido u otros procedimientos de la empresa por motivos de raza, color, sexo, religión, origen y condición social, etnia, discapacidad u orientación sexual. El personal se seleccionará con base en la calificaciones y requerimientos de nuestras tareas operativas.
En Argat de Juarez no toleramos ni fomentamos ningún tipo de acoso, entre compañeros de trabajo, superiores, subalternos, entre otros.
4.4.1 Selección y Comprobación de los Antecedentes del Personal.